Sistema Nacional de apoyos a los programas inherentes a la política de fomento al desarrollo rural sustentable, en los siguientes aspectos: a Apoyos, compensaciones y pagos directos al productor; b Equipamiento rural; c Reconversión productiva y tecnológica; d Apoyos a la comercialización agropecuaria; e) Asistencia técnica; f) Apoyos y compensaciones por servicios ambientales; g) Estímulos fiscales y recursos del ramo 33 para el desarrollo rural sustentable establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal; h) Finanzas rurales; i) Apoyos convergentes por contingencias; y j) Todos los necesarios para la aplicación del Programa Especial Concurrente en las materias especificadas en el artículo 15 de esta Ley.
Artículo 210.- El Tribunal de Cuentas actuará con autonomía funcional, la que será reglamentada por ley, que proyectará el mismo Tribunal. También podrá atribuírsele por ley, funciones no especificadas en esta Sección.
Corresponde a la Legislatura: :1- En sesión conjunta de ambas Cámaras, elegir senadores al Congreso de la Nación; :2- Establecer la división política de la Provincia, que no puede alterarse sin el voto de las dos terceras partes de los miembros de las Cámaras, y las divisiones convenientes para su mejor administración; :3- Legislar en materia electoral; :4- Dictar las leyes de organización y procedimientos judiciales; :5- Organizar el régimen municipal y comunal, según las bases establecidas por esta Constitución; :6- Legislar sobre educación; :7- Crear las contribuciones especificadas en el artículo 5; :8- Fijar anualmente el presupuesto de gastos y cálculo de recursos.
Teniendo en mente las obligaciones en relación con los territorios sin autogobierno especificadas en el Artículo 73 de la Cauta de las Naciones Unidas, el texto del cual se anexa al presente.
También se podrá utilizar el régimen de dedicación simple para el personal docente que pertenezca a otras instituciones pero que tenga como lugar de trabajo a la Universidad y realice en ella tareas con características especificadas para los regímenes de dedicación exclusiva y semiexclusiva.
En el caso de las actividades en la Zona realizadas en la forma autorizada por la Autoridad por las entidades o personas especificadas en el apartado b) del párrafo 2, el plan de trabajo, de conformidad con el artículo 3 del Anexo III, tendrá la forma de un contrato.
Todos los paquetes y envases de productos de tabaco y todo empaquetado y etiquetado externos de los mismos, además de las advertencias especificadas en el párrafo 1(b) de este artículo, contendrán información sobre los componentes pertinentes de los productos de tabaco y de sus emisiones de conformidad con lo definido por las autoridades nacionales.
Cada Parte exigirá que las advertencias y la información textual especificadas en los párrafos 1(b) y 2 del presente artículo figuren en todos los paquetes y envases de productos de tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externos de los mismos en su idioma o idiomas principales.
Cada Parte presentará a la Conferencia de las Partes, por conducto de la Secretaría, informes periódicos sobre su aplicación del Convenio, que deberían incluir lo siguiente: :a) información sobre las medidas legislativas, ejecutivas, administrativas o de otra índole adoptadas para aplicar el Convenio; :b) información, según proceda, sobre toda limitación u obstáculo surgido en la aplicación del Convenio y sobre las medidas adoptadas para superar esos obstáculos; :c) información, según proceda, sobre la ayuda financiera o técnica suministrada o recibida para actividades de control del tabaco; :d) información sobre la vigilancia y la investigación especificadas en el artículo 20...
R sin herederos, se someterán, mantendrán y defenderán a la princesa Sofía y a sus herederos protestantes, con arreglo a las limitaciones y a la forma de sucesión a la Corona contenidas y especificadas en esta ley, hasta el límite de sus fuerzas, con sus vidas y haciendas, contra cualquier persona que intente atentar contra ellos.
La Ley establecerá la obligación de todo organismo o entidad del Estado de prestar a la Comisión los apoyos que ésta requiera para llevar a cabo su tarea, según las finalidades especificadas en el Acuerdo correspondiente.
CAPÍTULO III De las Menciones Honoríficas ARTÍCULO 70.- Cuando algún militar, grupo de militares o Unidades del Ejército o Fuerza Aérea ejecuten acciones meritorias que, sin ser de las que dan derecho a obtener las demás recompensas especificadas en esta Ley, constituyan un ejemplo digno de tomarse en consideración y de ser emulado, serán recompensados con Mención Honorífica otorgada por la Secretaría, a propuesta de los Mandos Territoriales o de Tropas.